EL DERECHO A LA RECTIFICACION FRENTE A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN EL MUNICIPIO DE SAN JOSE DE CUCUTA.
Autor
Duran Peñaranda, Yorlene
Gonzalez Castilla, Adriana Milena
Mantilla Pallares, Carlos Mauricio
yordupe@hotmail.com
Seccional
Cúcuta
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Una importante garantía contenida en el Artículo 20 de nuestra Carta Política, consiste en el derecho que tienen todas las personas a exigir de los Medios de Comunicación una RECTIFICACION cuando han difundido información falsa, inexacta o errónea. Si bien el texto normativo no establece un proceso para el ejercicio del Derecho de Rectificación, éste se realiza directamente ante el medio en cuestión, dirigiéndolo al Director del mismo. Bajo un análisis tanto ético como jurídico, el Medio de Comunicación debe proceder a RECTIFICAR la información cuando ha sido difundida de manera falsa, inexacta o errónea y así ha podido verificarse. En cuyo caso se procederá a la rectificación en condiciones de equidad, es decir dándole el mismo despliegue que se le dio a la difusión de la información viciada: en un espacio y horario iguales.
Por todo lo anterior, resulta conveniente estudiar este tema, para lo cual se ha estructurado el desarrollo de esta investigación en nueve (9) capítulos así:
En el primer capítulo el lector podrá encontrar las generalidades del trabajo, es decir, el planteamiento, formulación y sistematización del problema, así como su justificación y objetivos general y específico.
El segundo capítulo contiene el marco de referencia, antecedentes, marco teórico, marco conceptual y marco legal.
En el tercer capítulo se ubica el diseño metodológico, tipo y método de investigación, población y muestra, instrumentos de recolección de información y el tratamiento y análisis de la información recolectada.
El cuarto capítulo referencia los indicadores con que se podría determinar la vulneración de los derechos fundamentales a la intimidad personal y al buen nombre de un individuo a través de la publicación en medios y los derechos violados con la publicación de una noticia falsa, errónea, inexacta e incorrecta.
En el quinto capítulo se aborda el reconocimiento normativo del el derecho de rectificación en Colombia y los instrumentos internacionales, así como las penas privativas de la libertad y las multas o penas pecuniarias como sanciones principales en el sistema penal.
El sexto capítulo presenta los procedimientos jurídicos que se deben adelantar cuando se ha comprobado que la intimidad y el buen nombre de una persona ha sido vulnerado por un medio de comunicación.
En el séptimo capítulo se resumen los principales aspectos del panel realizado en coordinación con la Universidad Libre – Seccional Cúcuta, denominado “el derecho a la rectificación, frente a los medios de comunicación”.
Finalmente, se presentan las conclusiones y recomendaciones en los capítulos octavo y noveno.
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