Las nulidades procesales en la ley 1564 de 2012, un estudio al principio de taxatividad contemplado en el artículo 133, con respecto a el derecho fundamental al debido proceso consagrado en el artículo 29 de la constitución política

Citación
Date
2019Author
González Misse, Nidia Gabriela
Aparicio Escobar, Ana María
Pantaleón Rodríguez, Gladys Lorena
Seccional
Cúcuta
Metadata
Show full item record
Documentos PDF
Abstract
El Código General del Proceso contempla en su régimen de nulidades unas causales
explícitas que conservan el principio de taxatividad relacionado con el postulado del debido
proceso al materializar el control de legalidad en los procesos judiciales; así mismo, se evidencia
que las nulidades procesales actuales son la conservación de las nulidades procesales
establecidas en la anterior legislación procesal, con inclusión de novedades como el cambio de
las consecuencias de nulidad por falta de jurisdicción y competencia por los factores subjetivo
y funcional para garantizar el acceso a la administración de justicia. Dichas nulidades procesales
se rigen por el precepto pas de nullité sans texte, que significa que no hay defecto capaz de
estructurar nulidad sin ley que expresamente establezca.
Collections
Comments
Respuesta Comentario Repositorio Institucional
Gracias por tomarse el tiempo para darnos su opinión.