Abstract
En Colombia, Con la variaciones y cambios legislativos introducidos en la última década, la Constitución de 1.991, situó a la familia como base de la sociedad y con ello el primordial interés de los niños, dentro de los principios constitucionales fundantes del Estado social de derecho1, si bien Colombia ha hecho un esfuerzo enorme, mancomunado con las instituciones para dar eficacia a éstos, la laxitud en la aplicación de las sanciones para los delitos cometidos contra la familia, así como las sanciones aplicadas a los adolescentes ha dejado ver la necesidad de un sistema sancionatorio ejemplar. Ya que las consecuencias de estas infracciones influyen en la formación del niño y del futuro adolescente. Se encuentra en vigencia la ley 1098 de 2006, que aplica el sistema de responsabilidad juvenil, que desarrolla las normas internacionales para tratamiento de los adolescentes infractores, que presenta deficiencias, debido a la falta de recursos para cumplir con la finalidad de la ley, como lo es evidentemente el aumento de los delitos cometidos por adolescentes, trayendo como consecuencia la impunidad. En la actualidad, como respuesta a ello se han presentado proyectos de ley que buscan aumentar las penas para los adolescentes infractores, sin dejar de desconocer el carácter especializado que se requiere para su tratamiento, pareciera que fueran respuestas mediáticas al fenómeno social, y no se enfatiza en las políticas de prevención, de corresponsabilidad de la familia, la sociedad y El estado que estarían encaminadas a la protección del entorno familiar de los niños, niñas y futuros adolescentes, brindándoles la seguridad, bienestar y espacios recreativos sanos. Desde otro punto de vista tal como se estableció en la ley 1098 de 2006, es indispensable que aquellos delitos que pongan en peligro a la familia o a sus integrantes deban ser castigados sin tener subrogados penales