LA REPARACION INDIVIDUAL POR VIA ADMINISTRATIVA A LAS VICTIMAS DE LOS GRUPOS ARMADOS AL MARGEN DE LA LEY EN COLOMBIA - DECRETO 1290 DE 2008

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Citación
Date
2010-09Author
Gonzalez Perez, Claudia Solanger
Mogollon Alvarez, Olman Rodulfo
Torres Vivas, Katherine Josefa
alexa pop15@hotmail.com; Jairo_1682@HOTMAIL.COM
Seccional
Cúcuta
Metadata
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Abstract
La reparación individual por vía administrativa, es el conjunto de medidas de reparación,
principalmente de carácter económico, que se entregarán a las víctimas de delitos cometidos antes
del 22 de abril de 2008 por grupos organizados al margen de la ley –guerrilla y paramilitares-, o, en
caso de muerte, desaparición forzada a sus familiares en primer grado de consanguinidad o
primero civil, es decir la compañera o compañero permanente, la esposa o esposo, los padres (no
importa que sean adoptantes) y los hijos (no importa que sean adoptivos) o quienes dependían
económicamente de la persona muerta o desaparecida.
Los hechos victimizantes por los cuales se reconoce reparación individual por vía administrativa
son homicidio, desaparición forzada, secuestro, lesiones personales que sí causan incapacidad,
lesiones personales que no causaron incapacidad, tortura, delitos contra la libertad e integridad
sexual, reclutamiento ilegal de menores y desplazamiento forzado.
El trabajo que se presenta a continuación, consta de 9 capítulos, 4 de los cuales contienen el
desarrollo de los objetivos tanto generales como específicos planteados con la investigación, en
capitulo 4, se abordan aspectos relacionados con el Decreto 1290 de 2008, en todo lo concerniente
a la reparación por la vía administrativa.
Seguidamente, en el capítulo 5, se presenta una cronología general del proceso desde el 22 de
abril de 2008 hasta el 24 de marzo de 2010, en la cual se pueden analizar las fechas de entrega,
montos y número de víctimas reparadas.
Collections
- Derecho [1310]
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Respuesta Comentario Repositorio Institucional
Gracias por tomarse el tiempo para darnos su opinión.